Carnet de conducir caducado

 

Renovar el carnet de conducir en Barcelona:

El carnet de conducir más habitual (carnet tipo B) se renueva cada 10 años en los rangos de edad de entre los 18 a los 65 años. A partir de los 65 años la DGT estipula un tiempo máximo de 5 años entre renovaciones, que también van determinadas por criterios médicos.

El personal que se encarga de realizar la valoración de aptitud psicofísica son: un médico y un psicólogo. Ellos determinarán las capacidades de los conductores para poder seguir renovando sus licencias.

 

Retirada del carnet de conducir por pérdida de puntos

En caso de haber perdido el carnet de conducir a causa de una retirada de los puntos el conductor deberá realizar un curso de Seguridad Vial y un examen para poder volver a conducir.

En caso de no realizar dicho curso, cuando trate de renovar su carnet de conducir, la DGT no autorizará a ninguno de sus centros homologados para poder tramitarlo, de manera que el conductor no podrá regularizar su situación.

En estos casos, cuando nosotros tratamos de ver el estado de su carnet de conducir nos aparece un mensaje de la Dirección General de Tráfico que nos indica que el conductor debe regularizar la situación con ellos para poder proceder con la renovación.

 

Homologación del carnet de conducir

Cualquier persona residente en España se debe regir por la normativa y leyes españolas, por lo que deberá canjear el carnet de conducir de su país por uno español, en un periodo no superior a los 6 meses de su llegada al país.

Los requisitos para que un carnet de conducir sea válido para conducir en España son:

  • Que el permiso provenga de un ciudadano de la Unión Europea o Espacio Económico Europeo.
  • Debe estar en vigor.
  • Carnets de otros países: aquellos que cumplan con el art. 21 del Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores. Además la validez del permiso estará condicionada a:
    • Que el permiso de conducción se encuentre en vigor.
    • Que su titular tenga la edad requerida en España para la obtención de un permiso español equivalente.
    • Que no haya transcurrido el plazo de seis meses, como máximo, contado desde que su titular adquiera su residencia normal en España.

En cualquier caso, si deseas realizarte un certificado de aptitud psicofísica, ya sea para homologar o canjear tu carnet de conducir, para poder recuperar tus puntos, o bien para tramitar toda la renovación del carnet de conducir, nosotros lo realizamos en el acto.

Ven a vernos sin cita previa de Lunes a Viernes de 9:30h a 19:30, o bien sábados, también sin cita, de 9:00h a 13:00h. Nos encontrarás aquí

Debes traer DNI y (si lo tienes) tu carnet de conducir

No es necesaria fotografía, te la hacemos aquí sin ningún coste

Si te queda cualquier duda escríbenos wa.link/52g3od

¡Hasta pronto!

 

 

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